Escolarización de niños con TEA en Andalucía

Plazos oficiales, cómo se pide la plaza, qué documentos hacen falta, cómo puntúa el baremo y cómo se decide la plaza cuando hay dictamen de escolarización. Todo sacado de las páginas y boletines de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (denominada Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en la normativa de 2023-2025).

Revisado el 21 de octubre de 2026 · fuentes oficiales al final de la página

Solicitudes · curso 2026/27

Del 1 al 31 de marzo de 2026

A 21 de octubre de 2026, el del curso 2027/28 aún no estaba publicado.

Recurso para TEA en colegio ordinario

Aulas específicas de educación especial en centros ordinarios (aulas TEA, modalidad C)

Ver los colegios de Andalucía con atención TEA →

Avísame cuando se abra el plazo en Andalucía

Un correo cuando la consejería publique las fechas del curso 2027/2028, con lo que hay que tener preparado. Sin spam; te das de baja con un clic.

Calendario de admisión, curso 2026/2027

Es el último calendario publicado. El del curso 2027/2028 lo publicará la consejería en su boletín; las fases se repiten cada año y las fechas suelen caer en las mismas semanas.

  1. Publicación de vacantes

    Sin fecha única publicada

    Los centros publican en su tablón las plazas vacantes y las áreas de influencia antes de que empiece el plazo de solicitudes (finales de febrero). No hay una fecha única publicada.

  2. Presentación de solicitudes

    del 1 al 31 de marzo de 2026

    Plazo ordinario del 1 al 31 de marzo. El calendario oficial del portal lo muestra ampliado hasta el 7 de abril de 2026 por el Acuerdo de 30 de marzo de 2026 del Consejo de Gobierno (ampliación de 3 días hábiles por la caída de los sistemas telemáticos los días 25-27 de marzo).

  3. Listas provisionales de admitidos

    del 17 al 20 de abril de 2026

    Relación baremada del alumnado solicitante (puntuación de cada solicitud), publicada en el tablón del centro antes del 21 de abril.

  4. Reclamaciones

    el 21 de abril de 2026

    Trámite de audiencia: 10 días lectivos a partir del 21 de abril para presentar alegaciones en el centro. Sorteo público para dirimir empates: 13 de mayo de 2026.

  5. Listas definitivas

    el 14 de mayo de 2026

    Publicación de la Resolución del procedimiento de admisión (admitidos y no admitidos). El 25 de mayo se publica la adjudicación de plaza al alumnado no admitido en el centro prioritario (reubicación). Recursos de alzada y reclamaciones: del 26 de mayo al 25 de junio de 2026.

  6. Matrícula

    del 1 al 8 de junio de 2026

    Segundo ciclo de Infantil, Primaria y Educación Especial. ESO y Bachillerato: del 1 al 10 de julio de 2026.

Si tu hijo tiene necesidades educativas especiales

Calendario y procedimiento propios

El alumnado con necesidades educativas especiales sigue el mismo calendario y presenta la misma solicitud (Anexo III) que el resto, marcando que presenta NEE. La diferencia es que su plaza se adjudica sobre las plazas reservadas para NEAE y que, si el dictamen exige recursos de difícil generalización que no hay en el centro pedido, la plaza la asigna la comisión provincial de garantías de admisión (subcomisión técnica), lo que puede retrasar la asignación hasta el periodo de reubicación. Conviene que el dictamen de escolarización del EOE esté hecho o en trámite antes de marzo; si el niño está en un CAIT, el EOE recibe su informe antes del proceso.

En Andalucía quien decide la modalidad es el Equipo de Orientación Educativa (EOE) de la zona del centro donde el niño está escolarizado o donde va a pedir plaza. Tras una evaluación psicopedagógica, el orientador u orientadora del EOE elabora en Séneca el dictamen de escolarización, que determina las NEE, los apoyos y recursos y la propuesta de modalidad; para el alumnado con TEA al que se proponga aula específica o centro específico hace falta informe favorable del orientador especialista en TEA del EOE Especializado. La opinión de la familia se recoge por escrito en el propio dictamen y el EOE lo traslada a la Inspección. Si el niño aún no está escolarizado (entra en Infantil de 3 años), la familia marca en la solicitud de admisión que presenta NEE y, si no hay dictamen, autoriza su elaboración; la dirección del centro lo pide al EOE. Si el niño está en atención temprana, el CAIT envía su informe al EOE antes del proceso de escolarización. Las modalidades son: A (grupo ordinario a tiempo completo), B (grupo ordinario con apoyos en periodos variables de PT/AL), C (aula específica de educación especial dentro de un colegio o instituto ordinario) y D (centro específico de educación especial, solo cuando las necesidades no pueden atenderse en un centro ordinario). También existe escolarización combinada. La familia elige centro en el mismo procedimiento que los demás, preferentemente entre los que tienen los recursos que indica el dictamen; cuando el dictamen exige recursos de difícil generalización que no tiene el centro pedido, la plaza la asigna la comisión provincial de garantías de admisión a través de una subcomisión técnica. La familia puede pedir por escrito al EOE la revisión extraordinaria del dictamen y reclamar ante el propio EOE. El dictamen se revisa al pasar de Infantil a Primaria y de Primaria a ESO.

Plazas reservadas

La Administración debe reservar hasta el final del periodo de matrícula un máximo de tres plazas por unidad en los centros públicos y concertados para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (art. 32.2 del Decreto 21/2020 en la redacción del Decreto-ley 2/2021); la Delegación Territorial puede mantener la reserva hasta el inicio del curso. Según las preguntas frecuentes oficiales, se reserva en el nivel de entrada al centro. Las plazas reservadas se adjudican por puntuación del baremo entre el alumnado NEAE.

Aulas específicas para TEA

No existe un programa oficial con el nombre 'aula TEA'. El recurso equivalente es el 'aula específica de educación especial' en centros ordinarios (modalidad C de escolarización, Decreto 147/2002 e Instrucciones de 8 de marzo de 2017). La Consejería puede especializar determinadas aulas o centros específicos para un mismo tipo de discapacidad (incluido TEA) y escolarizar de forma preferente en determinados centros ordinarios al alumnado que requiere profesionales especializados.

Cómo se presenta la solicitud

Una única solicitud por niño (Anexo III), indicando el centro prioritario y hasta cuatro centros subsidiarios. Se presenta preferentemente en el centro solicitado como prioritario (en papel, por duplicado) o por internet a través de la Secretaría Virtual de los centros educativos, identificándose con certificado digital, Cl@ve o la clave iANDE (se obtiene en iPASEN o en cualquier centro). También vale cualquier registro oficial (Ley 39/2015). Teléfono gratuito de información: 900 848 000, de 8:00 a 19:00.

Ir a la solicitud oficial (juntadeandalucia.es)

Documentos

  • Solicitud oficial Anexo III (admisión en 2º ciclo de Infantil, Primaria, Educación Especial, ESO y Bachillerato), firmada por quien tiene la guarda y custodia; en ella se declara el domicilio o lugar de trabajo por el que se opta y los criterios que se quieren baremar
  • Declaración en la propia solicitud de que el alumno o alumna presenta necesidades educativas especiales (discapacidad, trastorno del desarrollo o trastorno grave de conducta); si ya existe dictamen de escolarización del EOE se indica, y si no se ha emitido se marca esa circunstancia y se autoriza su elaboración (art. 18 de la Orden de 20 de febrero de 2020)
  • Dictamen de escolarización del Equipo de Orientación Educativa (EOE), que fija la modalidad de escolarización y los recursos; lo elabora el EOE en Séneca, no lo aporta la familia en papel salvo requerimiento
  • Para el criterio de trastorno del desarrollo (solo 2º ciclo de Infantil): informe del Centro de Atención Infantil Temprana (CAIT) o dictamen de escolarización del EOE; normalmente se cruza de oficio con el CAIT
  • Para el criterio de discapacidad (alumno, tutores o hermanos, grado igual o superior al 33 %): se consulta de oficio; solo si la familia se opone o no consta, dictamen de grado de discapacidad de la Junta u otra administración
  • Domicilio familiar: se comprueba de oficio con el INE; solo previo requerimiento, certificado de empadronamiento
  • Lugar de trabajo o actividad laboral de los guardadores: se comprueba de oficio con la Seguridad Social o la AEAT; en su defecto, informe de vida laboral y certificado de la empresa con el domicilio del centro de trabajo y horas semanales (o alta en IAE / licencia de apertura si es por cuenta propia)
  • Renta per cápita: solo si se quiere baremar; autorización en la solicitud para que la AEAT facilite los datos (IPREM de referencia 8.400 €)
  • Familia numerosa: se comprueba de oficio; en su defecto copia del título en vigor (o solicitud de renovación)
  • Familia monoparental o nacimiento de parto múltiple: copia autenticada del libro de familia si la administración no puede comprobarlo
  • Matrícula en primer ciclo de Infantil: certificado del centro solo si el centro solicitado no puede verificarlo
  • Para la matrícula posterior: Anexo IV (Infantil), Anexo V (Primaria) o Anexo VI (Educación Especial: aula específica o centro específico)

Baremo: cómo se puntúa cada solicitud

Cuando un colegio tiene más solicitudes que plazas, las ordena con estos puntos. La plaza del alumnado con dictamen se decide además con los criterios de la sección anterior.

CriterioPuntos
Hermanos o hermanas matriculados en el centro (o en sus centros adscritos)14 (si tiene uno o varios hermanos; no acumulable). Si varios hermanos piden el mismo centro y curso, la admisión de uno supone la de los demás
Domicilio familiar en el área de influencia del centro14
Domicilio familiar en área limítrofe10
Lugar de trabajo del padre, madre o tutor en el área de influencia10 (se opta entre domicilio o lugar de trabajo)
Lugar de trabajo en área limítrofe6
Renta per cápita anual de la unidad familiar4 (inferior a IPREM/4); 3 (de IPREM/4 a IPREM/2); 2 (de IPREM/2 a 1 IPREM); 1 (de 1 a 1,5 IPREM); 0,5 (de 1,5 a 2 IPREM). Se reduce a la mitad si el patrimonio supera los umbrales de becas
Discapacidad del alumno o alumna igual o superior al 33 % e inferior al 66 %, o trastorno en el desarrollo (este último solo en 2º ciclo de Infantil)3
Discapacidad del alumno o alumna igual o superior al 66 %4
Discapacidad de uno o varios tutores o guardadores legales2 (33 %-66 %); 3 (igual o superior al 66 %)
Discapacidad igual o superior al 33 % de hermanos o menores en acogimiento en la unidad familiar0,5 por cada hermano, máximo 2
Familia numerosa2 (general); 2,5 (especial)
Familia monoparental2 (si además es numerosa: 2,5 general / 3 especial)
Familia no numerosa ni monoparental con dos hijos (un único hermano)1
Todas las personas con guarda y custodia realizan actividad laboral o profesional remunerada (al menos 6 meses y 20 h semanales)2
Alumno matriculado en el primer ciclo de Infantil en un centro autorizado1
Alumno nacido de parto múltiple1
Expediente académico (solo Bachillerato)2 (nota 6-7); 3 (7-8); 4 (8-9); 5 (9 o más)
Prioridad previa al baremo (no son puntos)Alumnado de centros adscritos; hijos de personal que trabaja en el centro; simultaneidad de música/danza o deporte de rendimiento (en IES determinados); traslado forzoso, adopción, discapacidad sobrevenida, violencia de género, víctimas de terrorismo

Dónde preguntar

Teléfono gratuito de información sobre escolarización: 900 848 000 (de 8:00 a 19:00, ininterrumpido); Centro de Atención a Usuarios de la Comunidad Educativa: 955 40 56 19. Consejería de Educación: c/ Juan Antonio de Vizarrón s/n, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, tel. 955 064 000; formulario de contacto en el portal. En cada provincia, las Delegaciones Territoriales de Educación publican las áreas de influencia y atienden al público junto con el Servicio de Inspección; las comisiones territoriales y provinciales de garantías de admisión adjudican plaza a quien no la obtiene en su centro prioritario y resuelven las solicitudes fuera de plazo. Para el dictamen, el contacto es el EOE de la zona (a través de la dirección del colegio). Cita previa en oficinas de registro: 012 / 955 012 012.

Contacto oficial (juntadeandalucia.es)

Conviene saber

El calendario de cada curso lo fija una Resolución de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada publicada en el BOJA a finales de enero (para 2026/27, Resolución de 19 de enero de 2026, BOJA núm. 16 de 26.1.2026, con corrección de errores el 5.2.2026); el plazo de solicitudes es siempre el mes de marzo. Las Instrucciones de la Viceconsejería sobre admisión y matriculación se publican a finales de febrero. A fecha de verificación no está publicado el calendario 2027/28; el proceso para plazas de septiembre de 2027 se abrirá previsiblemente el 1 de marzo de 2027. Cada curso hay que fijarse en que las ventanas de matrícula de junio (Infantil/Primaria/Educación Especial) y de julio (ESO/Bachillerato) son distintas. Parte del portal antiguo de la Consejería (rutas /educacion/portals/) estaba en mantenimiento el 21-10-2026 y devolvía error 503, por lo que las Instrucciones de 8 de marzo de 2017 (protocolo NEAE, modalidades A-D) se han comprobado en una copia alojada en un blog oficial de centro de la propia Junta (blogsaverroes). El Decreto 21/2020 publicado en BOJA fija 20 puntos por hermano, pero el Decreto-ley 2/2021 lo redujo a 14 puntos por tener uno o varios hermanos; el portal oficial y el autobaremo aplican 14. El IPREM de referencia para el proceso que empieza en marzo es 8.400 €. Las áreas de influencia se consultan en el buscador EducaSIG y en la app iEscolariza. Hay un procedimiento extraordinario (Anexo IX) para traslados, adopciones, discapacidad sobrevenida o violencia de género fuera de plazo. Los centros concertados siguen el mismo proceso en sus etapas concertadas; los privados no.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo se pide plaza de colegio en Andalucía para el curso 2027/2028?
En el último proceso (curso 2026/2027) las solicitudes se presentaron del 1 al 31 de marzo de 2026. La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (denominada Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en la normativa de 2023-2025) publica el calendario de cada curso en su boletín oficial; las fechas suelen caer en las mismas semanas cada año. Conviene tener el informe psicopedagógico o dictamen de escolarización antes de que se abra el plazo.
¿Cómo se escolariza a un niño con autismo en Andalucía?
En Andalucía quien decide la modalidad es el Equipo de Orientación Educativa (EOE) de la zona del centro donde el niño está escolarizado o donde va a pedir plaza. Tras una evaluación psicopedagógica, el orientador u orientadora del EOE elabora en Séneca el dictamen de escolarización, que determina las NEE, los apoyos y recursos y la propuesta de modalidad; para el alumnado con TEA al que se proponga aula específica o centro específico hace falta informe favorable del orientador especialista en TEA del EOE Especializado. La opinión de la familia se recoge por escrito en el propio dictamen y el EOE lo traslada a la Inspección. Si el niño aún no está escolarizado (entra en Infantil de 3 años), la familia marca en la solicitud de admisión que presenta NEE y, si no hay dictamen, autoriza su elaboración; la dirección del centro lo pide al EOE. Si el niño está en atención temprana, el CAIT envía su informe al EOE antes del proceso de escolarización. Las modalidades son: A (grupo ordinario a tiempo completo), B (grupo ordinario con apoyos en periodos variables de PT/AL), C (aula específica de educación especial dentro de un colegio o instituto ordinario) y D (centro específico de educación especial, solo cuando las necesidades no pueden atenderse en un centro ordinario). También existe escolarización combinada. La familia elige centro en el mismo procedimiento que los demás, preferentemente entre los que tienen los recursos que indica el dictamen; cuando el dictamen exige recursos de difícil generalización que no tiene el centro pedido, la plaza la asigna la comisión provincial de garantías de admisión a través de una subcomisión técnica. La familia puede pedir por escrito al EOE la revisión extraordinaria del dictamen y reclamar ante el propio EOE. El dictamen se revisa al pasar de Infantil a Primaria y de Primaria a ESO.
¿Hay plazas reservadas para alumnado con necesidades educativas especiales en Andalucía?
La Administración debe reservar hasta el final del periodo de matrícula un máximo de tres plazas por unidad en los centros públicos y concertados para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (art. 32.2 del Decreto 21/2020 en la redacción del Decreto-ley 2/2021); la Delegación Territorial puede mantener la reserva hasta el inicio del curso. Según las preguntas frecuentes oficiales, se reserva en el nivel de entrada al centro. Las plazas reservadas se adjudican por puntuación del baremo entre el alumnado NEAE.
¿Cómo se llaman las aulas TEA en Andalucía?
No existe un programa oficial con el nombre 'aula TEA'. El recurso equivalente es el 'aula específica de educación especial' en centros ordinarios (modalidad C de escolarización, Decreto 147/2002 e Instrucciones de 8 de marzo de 2017). La Consejería puede especializar determinadas aulas o centros específicos para un mismo tipo de discapacidad (incluido TEA) y escolarizar de forma preferente en determinados centros ordinarios al alumnado que requiere profesionales especializados.
¿Qué documentos hacen falta para pedir plaza en Andalucía?
Solicitud oficial Anexo III (admisión en 2º ciclo de Infantil, Primaria, Educación Especial, ESO y Bachillerato), firmada por quien tiene la guarda y custodia; en ella se declara el domicilio o lugar de trabajo por el que se opta y los criterios que se quieren baremar Declaración en la propia solicitud de que el alumno o alumna presenta necesidades educativas especiales (discapacidad, trastorno del desarrollo o trastorno grave de conducta); si ya existe dictamen de escolarización del EOE se indica, y si no se ha emitido se marca esa circunstancia y se autoriza su elaboración (art. 18 de la Orden de 20 de febrero de 2020) Dictamen de escolarización del Equipo de Orientación Educativa (EOE), que fija la modalidad de escolarización y los recursos; lo elabora el EOE en Séneca, no lo aporta la familia en papel salvo requerimiento Para el criterio de trastorno del desarrollo (solo 2º ciclo de Infantil): informe del Centro de Atención Infantil Temprana (CAIT) o dictamen de escolarización del EOE; normalmente se cruza de oficio con el CAIT Para el criterio de discapacidad (alumno, tutores o hermanos, grado igual o superior al 33 %): se consulta de oficio; solo si la familia se opone o no consta, dictamen de grado de discapacidad de la Junta u otra administración Domicilio familiar: se comprueba de oficio con el INE; solo previo requerimiento, certificado de empadronamiento Lugar de trabajo o actividad laboral de los guardadores: se comprueba de oficio con la Seguridad Social o la AEAT; en su defecto, informe de vida laboral y certificado de la empresa con el domicilio del centro de trabajo y horas semanales (o alta en IAE / licencia de apertura si es por cuenta propia) Renta per cápita: solo si se quiere baremar; autorización en la solicitud para que la AEAT facilite los datos (IPREM de referencia 8.400 €) Familia numerosa: se comprueba de oficio; en su defecto copia del título en vigor (o solicitud de renovación) Familia monoparental o nacimiento de parto múltiple: copia autenticada del libro de familia si la administración no puede comprobarlo Matrícula en primer ciclo de Infantil: certificado del centro solo si el centro solicitado no puede verificarlo Para la matrícula posterior: Anexo IV (Infantil), Anexo V (Primaria) o Anexo VI (Educación Especial: aula específica o centro específico)
¿El alumnado con NEE sigue el mismo calendario en Andalucía?
El alumnado con necesidades educativas especiales sigue el mismo calendario y presenta la misma solicitud (Anexo III) que el resto, marcando que presenta NEE. La diferencia es que su plaza se adjudica sobre las plazas reservadas para NEAE y que, si el dictamen exige recursos de difícil generalización que no hay en el centro pedido, la plaza la asigna la comisión provincial de garantías de admisión (subcomisión técnica), lo que puede retrasar la asignación hasta el periodo de reubicación. Conviene que el dictamen de escolarización del EOE esté hecho o en trámite antes de marzo; si el niño está en un CAIT, el EOE recibe su informe antes del proceso.

Avísame cuando se abra el plazo en Andalucía

Un correo cuando la consejería publique las fechas del curso 2027/2028, con lo que hay que tener preparado. Sin spam; te das de baja con un clic.

Fuentes oficiales

Consultadas el 21 de octubre de 2026. Si algo ha cambiado, manda siempre lo que publique la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (denominada Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en la normativa de 2023-2025).

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Escolarización en otras comunidades